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Buenas prácticas periodísticas: “La justicia da la razón a una familia de Murcia que reivindica el derecho de sus hijos a estudiar religión islámica en el colegio”

Artículo:

 

La justicia da la razón a una familia de Murcia que reivindica el derecho de sus hijos a estudiar religión islámica en el colegio.

El tribunal superior de la comunidad advierte de que la Consejería de Educación, en manos de Vox, está violando el principio constitucional de libertad religiosa.

 

Publicado por Virginia Vadillo en El País el 14 de febrero de 2022

 

 

ANÁLISIS

 

Hemos elegido este artículo de Virginia Vadillo publicado en el diario El País, en la sección de Educación, para analizarlo usando como marco la metodología del Observatorio de la Islamofobia en los Medios correspondiente al ejercicio 2022.

 

El artículo es una pieza informativa que aborda un tema que siempre genera debate y es el de la enseñanza de la materia de religión islámica, pese a que el derecho a recibir esta materia en los centros de educación públicos y los privados concertados está amparado desde hace 30 años por Ley 26/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España (CIE).

 

Consideramos que este artículo es ejemplo de una buena práctica periodística (BPP) por los siguientes aspectos:

  1. El tema de la asignatura de religión islámica es abordado como un derecho amparado por la ley y la Constitución y no como un privilegio de las comunidades musulmanas de España, un enfoque este muy recurrente en narrativas islamófobas del discurso político y de algunos medios de comunicación.

La asignatura de religión islámica en la escuela se trata en el texto sin caer en prejuicios, como un problema escolar más que afecta a toda la comunidad educativa, en este caso de la Región de Murcia.

 

  1. Los familiares de los menores afectados por el silencio de la Consejería de Educación de Murcia son retratados en la pieza informativa como ciudadanos que exigen el cumplimiento de un derecho legítimo que afecta a 23.000 niños y niñas de familias musulmanas que están en edad escolar en la Región de Murcia, dato que se aporta en el artículo; un derecho que ampara una ley que periodista menciona al explicitar el contenido de la sentencia del Superior de Murcia, que ha dado la razón a una familia de la región de Murcia y reconoce su derecho a que sus hijos reciban la asignatura de religión islámica, amonestando a la Consejería de Educación de Murcia por no responder a la petición de esa familia.

 

  1. La comunidad musulmana no es extranjerizada en ningún momento del artículo.

 

  1. En la pieza hay un equilibro de voces y fuentes. La periodista da voz no solo a la familia afectada, sino también al coordinador de la Comisión Técnica de Educación de la Comisión Islámica de España y a un portavoz de la Consejería de Educación murciana.

 

  1. La autora aprovecha el contexto de la noticia para poner de relieve dos realidades que nos atañen a todos como ciudadanos y ciudadanas, a saber, el incumplimiento por parte de la Administración regional de un derecho que afecta a 140.000 personas en toda la Región Murcia; y las consecuencias de que no se cumpla ese derecho educativo, que nos recuerda la madre de los menores afectados: «“La educación es fundamental”, no solo para darles un futuro, sino para que se sientan “identificados” y “orgullosos” de ser españoles a la vez que musulmanes; “los discursos de odio y racismo no benefician a nadie, tampoco a quienes los lanzan”, mientras que la educación es clave para que esos niños “en el futuro se levanten y quieran trabajar por su país”».

 

 

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